Reconocimientos

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Reconocimiento de hijos

Requisitos:

1.- Acta reciente de nacimiento de la persona a reconocer, con vigencia no mayor a dos años;
2.- Acta de nacimiento reciente del reconocedor;
3.- Comparecencia de la persona a reconocer, del reconocedor y del otorgante del reconocimiento.
4.- Copia de la identificación oficial del reconocedor y de la (s) personas otorgantes del consentimiento.
5.- Comparecencia de dos testigos, quienes deberán llevar original y copia de la identificación oficial vigente.

A) Cuando derive el reconocimiento por escritura pública, testamento o por resolución judicial, deberá de presentar por duplicado las constancias que así lo acrediten acompañado del Oficio del Juez de Primera Instancia competente.

Reconocimiento de cambio de identidad de género (DIRECCIÓN DEL REGISTRO CIVIL)

1.- Formato de solicitud, que proporciona la Oficialía del Registro Civil;
2.- Acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente;
3.- Original y copia de identificación oficial vigente;
4.- Original y copia del último comprobante de domicilio;
5.- Original y copia de la identificación oficial vigente de las dos personas que fungirán como testigos en el trámite que se solicita.

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