Requisitos para Aclaración
1. Indispensable copia xerográfica certificada del libro del lugar donde se efectuó el acto registral (Nacimiento, reconocimiento, adopción, matrimonio, divorcio, defunción, inscripción vigente);
2. Copia xerográfica simple del libro de archivo (Dirección del Registro Civil);
3. Identificación oficial del promovente o mandatario, puede ser:
4. Poder general para pleitos y cobranzas o carta poder simple ratificada ante Notario Público cuando
no realice el interesado el trámite; si la persona interesada radica en el extranjero deberá acudir al Consulado Mexicano más cercano para otorgar poder a una tercera persona; en caso de personas finadas cuando de los mismos se tratare el acto registral, deberá acreditarse el carácter de albacea provisional o definitivo por la autoridad judicial competente.
Documentos que acrediten los datos correctos:
Nota: deberá acompañar a su solicitud de aclaración como mínimo tres documentos. (aclaraciondeactas@gmail.com)
Departamento de Aclaración de Actas
Tel: 01 (443) 113-42-00 EXT. 204 y 500
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